La Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales, publicada en Gaceta Oficial No. 6.710 Extraordinario, de fecha 20 de julio de 2022, regula la creación, organización, funcionamiento y administración de algunos espacios territoriales con el objeto de atraer inversiones, nacionales e internacionales, al país y ampliar el volumen de las exportaciones venezolanas.[1]
Las “zonas económicas especiales” (ZEE) serán delimitadas por el Ejecutivo Nacional con incentivos económicos y fiscales mediante decreto presidencial[2], y se focalizarán en sectores como el industrial, aeronáutico, de exportación, tecnológico, financiero, no financiero, agroalimentario, entre otros que se consideren necesarios para el desarrollo del país.[3] La Superintendencia Nacional de las Zonas Económicas Especiales, adscrita a la Vicepresidencia de la República será la encargada de la gestión, administración, dirección, coordinación, control, supervisión e inspección de los sectores.
Estas ZEE se regirán por un sistema de libre convertibilidad de las divisas, dinero electrónico y criptomonedas[4], así como por planes de financiamiento ofrecidos por instituciones bancarias, de conformidad con las normas dictadas por el Banco Central de Venezuela (BCV) y el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas (MPPEFC).[5] Por lo tanto, las empresas con actividades económicas en estas áreas geográficas podrán utilizar monedas como el dólar, el euro, entre otras, para sus operaciones diarias.
Entre los incentivos fiscales y aduaneros para las empresas públicas, privadas, nacionales o extranjeras que participen en las ZEE[6], se incluyen:
- El reintegro de los impuestos por importaciones[7];
- El reintegro de otros impuestos nacionales[8];
- Un sistema de “ventanilla única” para trámites que deban hacer empresarios para el desarrollo de sus proyectos[9]; y
- La inclusión en el catálogo de opciones de inversiones turísticas[10].
Es importante mencionar que la Ley no establece exoneraciones de impuestos sino un sistema de reintegro o de devoluciones para los tributos que gravan importaciones y otras cargas fiscales en un sistema que será determinado según las reglas para cada ZEE.[11]
Las primeras ZEE, creadas en el marco de esta Ley, fueron anunciadas recientemente por el Presidente de la República, están son: Paraguaná (Falcón); Puerto Cabello-Morón (Carabobo); el Estado La Guaira; la isla de Margarita (Nueva Esparta) y la isla de La Tortuga (ubicada en el Caribe).
[1] Artículo 1, Ley Orgánica de las Zonas Económicas Especiales.
[2] Su creación será competencia exclusiva del Presidente de la República (Artículo 7, eiusdem).
[3] Artículo 12, eiusdem.
[4] Artículo 25, eiusdem.
[5] Artículo 36, eiusdem.
[6] Artículo 2, eiusdem.
[7] Artículo 28, numeral 1, eiusdem.
[8] Artículo 28, numeral 2, eiusdem.
[9] Artículo 29, eiusdem.
[10] Artículo 34, eiusdem.
[11] Artículo 28, eiusdem.