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Aumento de la Unidad Tributaria

El miércoles 20 de abril de 2022 es publicado en Gaceta Oficial N° 42.359 Providencia Administrativa mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria, la cual se rectifica de cero coma cero dos bolívares (Bs. 0,02) a cero coma cuarenta bolívares (Bs. 0,40).

Es importante destacar de la mencionada Providencia SNAT/2022/000023 lo siguiente:

  1. El valor de la Unidad Tributaria solo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT).  
  2. En los procesos donde los tributos se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal referente, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período.

Esta Providencia Administrativa deroga a la establecida como SNAT/2021/000023 de fecha 06 de abril de 2021, publicada en Gaceta Oficial Bolivariana N°42.100, de misma fecha.

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