El miércoles 20 de abril de 2022 es publicado en Gaceta Oficial N° 42.359 Providencia Administrativa mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria, la cual se rectifica de cero coma cero dos bolívares (Bs. 0,02) a cero coma cuarenta bolívares (Bs. 0,40).
Es importante destacar de la mencionada Providencia SNAT/2022/000023 lo siguiente:
- El valor de la Unidad Tributaria solo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT).
- En los procesos donde los tributos se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal referente, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período.
Esta Providencia Administrativa deroga a la establecida como SNAT/2021/000023 de fecha 06 de abril de 2021, publicada en Gaceta Oficial Bolivariana N°42.100, de misma fecha.